¿Conoces los gastos de comunidad que te puedes desgravar y cómo hacerlo?
Estamos a la mitad de la campaña de la declaración de la renta, para aquellos que les gusta presentarla al inicio, este artículo ya no les va a ser de mucha ayuda, pero si les servirá para los que prefieren tomarse el tiempo y revisar cada dato.
Existen desgravaciones fiscales, por ejemplo, en las obras que realiza una comunidad de vecinos y en la vivienda de un individuo, si perjudica al edificio. Aún así han de cumplirse unos requisitos mínimos. El primero es demostrar la propiedad de la vivienda. Si esto se cumple, pasamos a analizar más en profundidad.
¿Qué gastos de comunidad se pueden desgravar en la declaración de la renta?
Siempre que quede demostrado el requisito principal (que es propietario de la vivienda). Se debe tener en cuenta además:
- La vivienda no ha de usarse para una actividad económica.
- Obras para mejorar la seguridad del edificio.
- También pueden desgravarse cualquier reforma de una vivienda del edificio. Y que tenga relación con la mejora del inmueble de una persona que sufra discapacidad. Se incluyen a las personas mayores de 65 años.
- Las obras tienen que estar dirigidas a mejorar la salud y la higiene de la casa. También se añade la eficiencia energética y la seguridad. Si es para instalar energías renovables y sustituir la instalación de gas, electricidad… también se recoge en la desgravación.
- .Para desgravarse los gastos de una comunidad, estos deben ser derivados directamente de la consecución de una obra. Esta debe estar dirigida a la instalación de un dispositivo que mejore la accesibilidad de la finca.
- No debe afectar a parques, garajes, jardines.
- Instalaciones de paneles solares para ahorrar en energía.
Una vez sabemos esto, los tipos de gastos que se pueden desgravar se dividen en tres:
REFORMAS EN EL INTERIOR DE LAS VIVIENDAS: Se refieren a reformas interiores de las viviendas de cada propietario. Un claro ejemplo son aquellas obras necesarias para adaptar la vivienda a propietarios con alguna discapacidad y necesitan la instalación de dispositivos o espacios especiales y todos aquellos elementos instalados que correspondan a la comunicación con la comunidad. Por ejemplo, el telefonillo.
MODIFICACIÓN DE ZONAS COMUNES: Aquí entran los elementos comunes y las obras de mejoradel acceso al edificio. Los gastos originados de este tipo de instalaciones y reformas pueden desgravar el IVA.
INSTALACIÓN DE SISTEMAS o APARATOS QUE MEJOREN O FACILITEN LA MOVILIDAD: Nos referimos a instalación de rampas, sillas salvaescaleras, elevador para piscinas, ascensores, etc.
¿Cómo desgravar estos gastos de comunidad?
Lo primero que hay que hacer es solicitar la desgravación. Esta petición la puede hacer el presidente de la comunidad o un propietario y necesitará un certificado. Este documento lo expide una comunidad autónoma. En él se especificará el grado de discapacidad y los motivos para llevar a cabo las obras requeridas. Pueden señalarse las reformas para adecuar la vivienda y los elementos que se necesite para el propósito.
La vivienda a reformar ha de estar ocupada por la persona con discapacidad y por el solicitante. Lo ideal es que, la desgravación la solicite la persona con discapacidad o en si este no pudiera, un pariente directo que conviva con ella.
Recomendamos que dispongas de un duplicado de la factura. Hay que tener los datos del IVA que se pretende desgravar y que quede claro el motivo.
Cabe resaltar que solo se desgravarán aquellas cantidades pagadas mediante tarjeta o cuenta bancaria, en ningún caso se pueden desgravar las cantidades que se satisfagan en metálico.
¿Qué porcentaje de deducción fiscal se aplica?
Si las obras fueron realizadas en la comunidad de vecinos, el contribuyente puede deducir según la cuota de participación.
El porcentaje que se puede deducir es de un 20 % y se aplica a los máximos de la base. Aquellas cantidades que no se deducen porque exceden los límites, se pueden deducir en los cuatro años siguientes.
Las viviendas compradas antes del 2011 tienen una deducción máxima del 15 %. Y la base máxima está en 9015 euros. Incluyen los intereses y la amortización.
Más posibilidades:
En las viviendas adquiridas después del 2011, las deducciones por vivienda habitual se calculan de acuerdo con la renta del contribuyente. Desaparecía en esas rentas que superaban los 24 107 euros.
- Con una base imponible igual o inferior a 17. 707,20 € anuales. La base máxima aquí es de 9.040 €.
- Si la base está entre los 17 .707,20 € y 24. 107,20 €. La máxima es 9040 € y a esta hay que restarle el resultado de multiplicar por 1,4125 esa diferencia entre la base imponible y el mínimo.
También hay que tener en cuenta que puedes deducirte hasta el 40 % de la cantidad de una obra realizada con el fin de mejorar el consumo energético. La base máxima para esta deducción es de 7.500 euros anuales.
EN RESUMEN: es importante tener en cuenta los requisitos que se piden para poder desgravar los gastos de comunidad asi como tener la correspondientes facturas de las obras que justifiquen las cantidades a deducir.
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